
Un pasivo ambiental no es simplemente cualquier impacto producido por una actividad económica.
La Ley 2327 de 2023 lo define, en términos generales, como una afectación ambiental originada por actividades humanas, medible y delimitable, que genera un riesgo no aceptable para la vida, la salud o el ambiente y para cuyo control no existe un instrumento ambiental o sectorial.
En minería, la diferencia es especialmente importante.
Una explotación activa puede generar impactos que deben ser manejados mediante sus obligaciones e instrumentos ambientales. Eso no significa automáticamente que exista un pasivo ambiental.
El problema es distinto cuando la actividad desapareció y la afectación permaneció.
Actividad → Abandono → Pasivo identificado → Responsable → Recuperación
¿Pero qué ocurre cuando ese último responsable no aparece?
El PIPA: pasar del inventario a la intervención.
La ley creó los Planes de Intervención de Pasivos Ambientales —PIPA—.
Estos permiten definir las medidas necesarias para atender un pasivo, que pueden comprender rehabilitación, remediación, restauración o aislamiento, dependiendo de las características y riesgos de cada lugar.
Es decir, identificar el problema es apenas el comienzo.
Identificar → Evaluar → Determinar responsable → PIPA → Intervenir
Cuando el responsable ya no está.
Aquí está probablemente el mayor desafío.
Algunos pasivos pueden provenir de actividades desarrolladas muchos años atrás. El responsable puede haber desaparecido, resultar imposible de determinar o existir jurídicamente pero carecer de capacidad económica para asumir la recuperación.
La Ley 2327 contempla esas situaciones y establece mecanismos para registrar y priorizar esos pasivos. También abre diferentes fuentes para financiar su intervención cuando no existe un responsable determinado.
Entre ellas aparecen recursos públicos, determinados recursos administrados por autoridades ambientales, la inversión forzosa ambiental del 1 % bajo ciertas condiciones y mecanismos como Obras por Impuestos.
Pero crear fuentes posibles de financiación no significa que el dinero necesario aparezca automáticamente.
Y ahí comienza una discusión que Colombia tendrá que afrontar durante los próximos años:
¿cuánto cuesta recuperar los pasivos ambientales existentes y de dónde saldrán los recursos?
Una deuda que permanece en el territorio.
En la discusión pública se han mencionado estimaciones de varios billones de pesos asociadas a pasivos ambientales abandonados. Son cifras que deben analizarse con cuidado, atendiendo su metodología, alcance y contexto.
Pero no necesitamos una cifra para comprender el problema.
Una explotación puede terminar.
Una empresa puede desaparecer.
Una generación puede marcharse.
El territorio permanece.
Por eso la discusión sobre pasivos ambientales no debería convertirse simplemente en un juicio contra la minería ni contra otras actividades productivas. Es una discusión sobre responsabilidad, recuperación y financiación.
Colombia ya creó una ruta jurídica para intervenirlos.
Ahora viene posiblemente la parte más difícil:
convertir esa obligación en recuperación real del territorio y determinar quién paga cuando quien dejó la cuenta ya no está.
Fuentes
Ley 2327 de 2023 — Función Pública�
Ministerio de Ambiente — Pasivos Ambientales�





