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Contrato en virtud de aporte: el fantasma jurídico que todavía camina por la minería colombiana

Contrato en virtud de aporte: el fantasma jurídico que todavía camina por la minería colombiana
Formalización

Contrato en virtud de aporte: el fantasma jurídico que todavía camina por la minería colombiana

¿Qué era un aporte minero?

El Decreto 2655 de 1988 permitía que el Ministerio de Minas entregara determinadas áreas a entidades estatales vinculadas al sector minero.

A esa entrega se le llamaba aporte minero.

La entidad pública recibía temporalmente el derecho exclusivo de explorar y explotar los minerales existentes dentro de esa zona.

Pero había una particularidad importante:

no necesariamente tenía que hacerlo directamente.

La entidad podía desarrollar el proyecto por su cuenta o celebrar contratos con terceros para explorar o explotar parte del área que había recibido.

De allí nacieron los llamados contratos en virtud de aporte.

Un sistema diferente al actual

Podemos imaginarlo como una cadena de tres eslabones.

Hoy, quien busca obtener un nuevo derecho para explorar y explotar minerales de propiedad estatal normalmente debe hacerlo mediante un contrato de concesión con el Estado.

En el sistema de aporte podía existir un intermediario institucional.

Estado → entidad pública minera → tercero contratado.

El derecho original sobre el área había sido entregado a la entidad estatal y, dentro de esa área, esta podía contratar con particulares para desarrollar determinados proyectos mineros.

Por eso un contrato en virtud de aporte no debe confundirse con el contrato de concesión que explicamos anteriormente.

Su origen es diferente.

No nació de una solicitud directa de un particular ante el Estado, sino de un área que primero fue entregada a una entidad pública y luego desarrollada, total o parcialmente, mediante un contrato con un tercero.

¿Por qué existía esta figura?

Porque la concepción sobre el papel del Estado en la minería también era diferente.

Durante buena parte del siglo XX Colombia contó con empresas y entidades públicas que no solamente administraban los recursos minerales, sino que participaban directamente en su exploración, explotación y desarrollo.

El aporte era una herramienta para entregarles áreas y permitirles organizar proyectos mineros, directamente o mediante contratos con terceros.

Era, en otras palabras, una expresión de un Estado que tenía una participación empresarial mucho más directa en el sector.

El Estado no estaba únicamente en la ventanilla que autorizaba. También podía estar dentro del proyecto, definiendo su estructura y buscando quién lo desarrollara.

¿Qué pasó cuando llegó el Código de Minas de 2001?

La Ley 685 de 2001 cambió el modelo.

El contrato de concesión pasó a convertirse en la figura central para constituir nuevos derechos de exploración y explotación sobre minerales de propiedad estatal.

Pero el cambio de Código no borró automáticamente los derechos que ya existían.

Los contratos celebrados sobre áreas de aporte que continuaban vigentes conservaron sus efectos y siguen sometidos, en buena medida, al régimen bajo el cual fueron celebrados.

Por eso todavía aparecen en el mapa minero colombiano.

El Código cambió la puerta de entrada para los nuevos proyectos, pero no cerró de golpe las puertas que ya habían sido abiertas bajo el régimen anterior.

Y no son unos pocos

Con corte al 31 de octubre de 2024, la Agencia Nacional de Minería registraba:

247 contratos en virtud de aporte.

Es una cifra pequeña frente a los miles de contratos de concesión existentes en Colombia, pero suficientemente importante para demostrar que no estamos hablando simplemente de una curiosidad jurídica del pasado.

Son títulos que todavía forman parte de la realidad minera del país.

Cada uno representa una historia distinta: un área entregada bajo un modelo anterior, una relación contractual construida con reglas diferentes y un derecho que logró atravesar varias reformas legales sin desaparecer.

El pasado también aparece en el Registro Minero

Esta figura ayuda a entender algo que se repite constantemente en la minería colombiana:

las leyes cambian, pero los derechos constituidos bajo las leyes anteriores pueden permanecer durante décadas.

Por eso hoy pueden coexistir contratos de concesión, antiguas licencias de explotación, reconocimientos de propiedad privada y contratos en virtud de aporte.

Todos pueden permitir el desarrollo de actividad minera, pero no nacieron de la misma manera ni necesariamente están sometidos exactamente a las mismas reglas.

El contrato en virtud de aporte es quizás uno de los mejores ejemplos.

Es una figura nacida bajo otra forma de entender la relación entre el Estado y la minería que, más de veinte años después de la expedición del actual Código de Minas, todavía permanece dentro del sistema minero colombiano.

No es una pieza olvidada.

Es una cápsula del tiempo jurídica que todavía puede tener efectos concretos sobre el territorio, los proyectos y las obligaciones de quienes desarrollan actividad minera.

Fuentes

Decreto 2655 de 1988 — antiguo Código de Minas.

Ley 685 de 2001 — Código de Minas.

Agencia Nacional de Minería — Conceptos sobre contratos en virtud de aporte.

ANM — Minería en cifras, 2024.