
Perú prepara una nueva etapa en su política de formalización de la pequeña minería y minería artesanal. El Ministerio de Energía y Minas (MINEM) anunció que prevé remitir al Congreso, el 15 de octubre de 2026, una propuesta de Ley MAPE destinada a reemplazar progresivamente el sistema transitorio asociado al Registro Integral de Formalización Minera (REINFO).
La iniciativa busca establecer un marco jurídico permanente para la actividad y un régimen excepcional que permita culminar determinados procedimientos de formalización todavía pendientes.
¿Qué es el REINFO y por qué se busca reemplazarlo?:
El REINFO es el Registro Integral de Formalización Minera, utilizado en Perú para identificar a productores que participan en el proceso de regularización de la pequeña minería y minería artesanal.
Su existencia no equivale automáticamente a contar con todas las autorizaciones para desarrollar una operación minera. El proceso requiere cumplir condiciones técnicas, ambientales y jurídicas.
Durante los últimos años, el sistema ha sido objeto de ampliaciones y modificaciones, mientras persisten dificultades relacionadas con el acceso a derechos mineros, la ubicación de las operaciones, los instrumentos ambientales y la fiscalización.
La Ley 32537, promulgada en diciembre de 2025, extendió la vigencia del proceso hasta el 31 de diciembre de 2026 o hasta la entrada en vigor de la nueva Ley MAPE y su reglamento, si ello ocurre antes.
Dos regímenes para una nueva etapa:
Según la propuesta presentada por el MINEM, la nueva legislación contempla un régimen ordinario, de carácter permanente, para los operadores formalizados y quienes ingresen mediante los procedimientos regulares.
Paralelamente, plantea un régimen excepcional de consolidación, previsto hasta el 31 de diciembre de 2028, para determinados participantes del REINFO que deban culminar su formalización.
El proyecto contempla reglas diferenciadas para inscripciones vigentes y suspendidas. La inclusión de estas últimas ha generado cuestionamientos sobre los controles necesarios para evitar que el régimen transitorio sea utilizado por operaciones que no cumplan los requisitos legales.
Estas disposiciones continúan sujetas al debate legislativo y pueden modificarse durante su trámite.
La trazabilidad como parte de la formalización:
Una de las novedades más relevantes es la intención de fortalecer los sistemas de seguimiento del mineral a lo largo de toda la cadena productiva.
La propuesta plantea identificar su origen, traslado, recepción, beneficio, procesamiento y comercialización.
Este enfoque amplía la atención más allá del productor y reconoce que la actividad minera comprende diferentes participantes y etapas económicas.
En particular, las plantas de beneficio cumplen una función importante en el mercado peruano, porque reciben mineral de distintos productores y realizan operaciones de procesamiento y recuperación del metal.
La trazabilidad de esas operaciones requiere relacionar las entregas individuales con los procesos de transformación y los productos resultantes, mediante registros y controles adecuados.
Simplificación de trámites y gestión ambiental:
El proyecto también contempla una ventanilla única digital para centralizar procedimientos administrativos y facilitar la comunicación entre los operadores y las autoridades.
En materia ambiental, plantea requisitos diferenciados según los riesgos, las características de la actividad y las condiciones territoriales, dentro del marco de protección ambiental peruano.
La simplificación administrativa no significa eliminar las obligaciones ambientales, sino establecer procedimientos adecuados a las particularidades de la pequeña minería.
Inclusión financiera y comercialización:
Otro componente de la propuesta es facilitar el acceso de pequeños mineros y mineros artesanales a servicios financieros.
Entre las medidas anunciadas se encuentra la posibilidad de que el Banco de la Nación preste servicios bancarios a estos productores, con el propósito de canalizar operaciones económicas mediante el sistema financiero formal.
La iniciativa reconoce que la formalización no depende exclusivamente de permisos y registros. También requiere condiciones para comercializar la producción, recibir pagos y participar en relaciones económicas documentadas.
Un proceso legislativo todavía abierto:
La propuesta de Ley MAPE no constituye una norma vigente. Su contenido deberá ser evaluado por el Congreso peruano y puede experimentar modificaciones antes de una eventual aprobación.
El debate también incluye preocupaciones sobre la continuidad de regímenes transitorios, la fiscalización de operaciones y la necesidad de diferenciar a los productores en proceso de formalización de las actividades mineras ilícitas.
La experiencia peruana permite observar una tendencia en la organización de los mercados mineros: integrar la regularización jurídica con mecanismos de trazabilidad, procesamiento, comercialización e inclusión financiera.
Su resultado dependerá de las reglas finalmente aprobadas, la capacidad institucional para implementarlas y las condiciones reales de acceso de los productores al nuevo régimen.
Fuentes:
- Ministerio de Energía y Minas del Perú. Presentación de la propuesta de Ley MAPE, octubre de 2026.
- Agencia Peruana de Noticias Andina. «Ministerio de Energía y Minas presenta propuesta de nueva Ley MAPE», 12 de octubre de 2026.
- Diario El Comercio. «Ley MAPE: Minem prevé presentar propuesta este jueves», 14 de octubre de 2026.
- Ministerio de Energía y Minas del Perú. Ley 32537 y comunicación institucional del 27 de diciembre de 2025.





