
Una vieja pregunta sobre el conocimiento:
En 1945, Friedrich A. Hayek publicó uno de sus ensayos más conocidos: The Use of Knowledge in Society. Su punto de partida era sencillo, pero profundamente incómodo: el conocimiento necesario para organizar un sistema complejo no existe concentrado en una sola persona ni puede reunirse completamente en una oficina.
Una parte se encuentra en los científicos, otra en los técnicos, otra en las instituciones y otra permanece dispersa entre personas que conocen circunstancias particulares de tiempo y lugar.
Hayek concedía especial importancia precisamente a ese último conocimiento: el que se adquiere haciendo un oficio, conociendo determinadas condiciones locales y enfrentándose diariamente a situaciones que difícilmente pueden ser capturadas completamente por estadísticas, formularios o modelos.
Casi treinta años después, en su conferencia al recibir el Premio de Economía en memoria de Alfred Nobel, volvió sobre el mismo problema. En The Pretence of Knowledge advirtió sobre el peligro de tratar fenómenos complejos como si dispusiéramos de toda la información necesaria para predecirlos y dirigirlos.
Y en 1988, The Fatal Conceit llevaría esa crítica mucho más lejos. La expresión que suele traducirse como “la fatal arrogancia” quedó asociada a su cuestionamiento de la pretensión humana de poder diseñar deliberadamente órdenes complejos cuyo funcionamiento depende de conocimientos que ningún individuo posee completamente.
¿Qué podría enseñarnos Hayek sobre minería?:
La pregunta resulta particularmente interesante cuando se observa la minería colombiana.
Durante décadas hemos construido una arquitectura cada vez más sofisticada para organizarla. Existen títulos mineros, áreas delimitadas, instrumentos técnicos, estudios ambientales, procesos de formalización, registros, regalías, certificados de origen y sistemas de trazabilidad.
Cada una de esas herramientas responde a problemas reales.
Sin embargo, Hayek probablemente nos obligaría a formular una pregunta anterior: ¿dónde se encuentra el conocimiento sobre la actividad que pretendemos organizar?
Porque no está solamente en una institución.
El geólogo conoce el depósito y su formación. El ingeniero ambiental comprende procesos que afectan el agua, los suelos y los ecosistemas. El abogado conoce los derechos y obligaciones que nacen de un título. La autoridad conoce los procedimientos mediante los cuales debe administrarse el recurso.
Pero existe otro conocimiento.
Es el conocimiento de quien lleva años trabajando en el territorio.
El pequeño minero aluvial puede reconocer señales que para otras personas pasarían inadvertidas. Aprende a seguir un material, realizar cateos, identificar un frente que puede resultar económicamente aprovechable, calcular si justifica llevar una máquina, reconocer cuándo una explotación dejó de ser rentable y decidir cuándo debe desplazarse.
Ese conocimiento rara vez está escrito.
Pero existe.
El conocimiento del minero tampoco es suficiente:
Aquí conviene no convertir a Hayek en una defensa romántica de cualquier orden que aparezca espontáneamente.
El mismo argumento conduce en dirección contraria.
El minero que conoce extraordinariamente bien determinados aspectos de su actividad puede desconocer otros igualmente importantes. Puede saber recuperar oro y no saber recuperar adecuadamente un suelo. Puede conocer el comportamiento del material y desconocer los efectos acumulativos de los sedimentos sobre una cuenca. Puede dominar una técnica aprendida durante generaciones y utilizar prácticas que hoy sabemos que producen graves consecuencias ambientales.
El conocimiento técnico tampoco sobra.
Hace falta.
Hayek señalaba que quien posee conocimiento particular de sus circunstancias inmediatas tampoco puede decidir solamente con esa información: necesita conocimiento proveniente del sistema más amplio.
Ahí quizás esté una de las ideas más interesantes para pensar la minería.
Nadie tiene toda la respuesta.
Cuando el territorio se encuentra con la norma:
La legislación colombiana ofrece un buen ejemplo de esta tensión.
La Ley 2250 de 2022 establece que quienes desarrollan minería tradicional sin título deben iniciar una ruta de legalización y formalización. Pero esa ruta parte de una actividad desarrollada en “un área determinada” y posteriormente conduce a delimitar el área minera correspondiente.
Es comprensible.
El Estado necesita saber dónde está el recurso, quién tiene derechos sobre él y cuáles son las condiciones técnicas y ambientales de su explotación.
Pero la realidad económica puede ser más móvil.
En determinada minería aluvial, el explotador puede encontrar un frente, realizar cateos, movilizar maquinaria, trabajar mientras exista una concentración económicamente aprovechable y posteriormente trasladarse.
El título permanece.
El área permanece.
El explotador puede moverse.
Y allí aparece una pregunta que merece ser formulada sin apresurarnos a contestarla:
¿coincide siempre la unidad sobre la cual hemos construido la regulación con la unidad económica que realmente opera en el territorio?
El hombre sobre el terreno:
Hayek utilizó una expresión especialmente sugestiva: the man on the spot, el hombre que se encuentra allí y conoce directamente las circunstancias particulares que enfrenta. Su argumento era que cierta información no puede simplemente trasladarse primero a una autoridad central para que esta la procese y posteriormente devuelva una decisión perfectamente informada.
En minería, ese “hombre sobre el terreno” existe literalmente.
Sabe dónde encontró oro.
Sabe qué maquinaria tiene.
Sabe cuánto le cuesta trabajar.
Sabe cuándo un frente dejó de pagar.
Y mañana puede saber dónde piensa intentar nuevamente.
¿Qué ocurriría si una parte de la regulación comenzara precisamente por conocerlo?
No significaría entregarle automáticamente un derecho sobre el subsuelo. Tampoco autorizarlo a explotar cualquier territorio ni sustituir las restricciones ambientales.
Significaría reconocer algo mucho más elemental:
antes de poder regular una actividad necesitamos saber quién la está realizando.
A partir de allí podrían hacerse preguntas diferentes.
¿Quién es el explotador? ¿Qué maquinaria utiliza? ¿Dónde está trabajando actualmente? ¿Cuánto produce? ¿De quién es el predio? ¿Existe un título? ¿Quién es su titular? ¿Qué obligaciones ambientales genera ese frente? ¿Cómo recibió el territorio? ¿Cómo debe entregarlo cuando termine?
La regulación del área continuaría existiendo.
Pero podría aparecer, además, una regulación del actor.
Del conocimiento a la responsabilidad:
Esta perspectiva también permite mirar de otra manera el problema ambiental.
Reconocer que el minero posee conocimiento práctico no significa eximirlo de responsabilidad.
Puede significar precisamente lo contrario: hacerlo identificable para que la responsabilidad pueda acompañarlo.
Si un explotador termina un frente de trabajo y se desplaza hacia otro, su historia no tendría por qué comenzar nuevamente desde cero.
Podría existir una memoria de su actividad: dónde trabajó, cuánto produjo, qué maquinaria utilizó, qué obligaciones cumplió y, sobre todo, cómo dejó el territorio después de terminar.
La tecnología hace hoy posible registrar información que hace algunas décadas habría sido extraordinariamente difícil de seguir.
Quizás la pregunta ambiental tampoco tenga que comenzar siempre por imaginar anticipadamente cada circunstancia que encontrará una explotación. Para determinadas escalas y modalidades podría estudiarse si existen obligaciones ambientales mínimas, claras y verificables desde el primer día, sin sustituir los estudios más completos cuando estos sean necesarios.
El objetivo no sería disminuir la exigencia ambiental.
Sería conseguir que la responsabilidad ambiental alcance también a quienes hoy permanecen por fuera de los mecanismos capaces de exigirla.
Instituciones que también aprenden:
Hay una lectura superficial de Hayek según la cual su respuesta a estos problemas sería simplemente retirar al Estado.
Su argumento sobre el conocimiento es más interesante.
El conocimiento se encuentra disperso y el desafío consiste en encontrar mecanismos capaces de utilizarlo. Quien está sobre el terreno posee información que una autoridad distante difícilmente puede conocer; pero ese mismo individuo necesita información y reglas que exceden su experiencia inmediata.
Aplicado a la minería, eso obliga a abandonar dos simplificaciones.
Ni el escritorio conoce completamente el territorio.
Ni el territorio posee por sí solo todas las respuestas.
El desafío consiste en conseguir que se encuentren.
Tal vez una política minera más cercana a la realidad no tenga que comenzar preguntándose solamente cómo conseguir que cada minero encaje en una arquitectura previamente diseñada.
Podría comenzar con otra pregunta:
¿cómo funciona realmente la actividad que queremos ordenar?
Y después construir instituciones capaces de incorporar ese conocimiento sin renunciar a las obligaciones tributarias, ambientales, sociales y legales que corresponden.
Quizá allí la vieja advertencia de Hayek conserve toda su utilidad.
La fatal arrogancia no consistiría en equivocarse.
Consistiría en creer que, antes de escuchar a quienes conocen fragmentos diferentes de la realidad, ya poseemos todo el conocimiento necesario para diseñarla.
Fuentes:
Friedrich A. Hayek, The Use of Knowledge in Society, American Economic Review, 1945.
Friedrich A. Hayek, The Pretence of Knowledge, conferencia al recibir el Premio de Economía en memoria de Alfred Nobel, 1974.
Friedrich A. Hayek, The Fatal Conceit: The Errors of Socialism, 1988.
Ley 2250 de 2022, disposiciones para la legalización y formalización minera en Colombia.





