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¿Qué permisos ambientales necesita un minero para formalizarse en Colombia?

¿Qué permisos ambientales necesita un minero para formalizarse en Colombia?
Formalización

¿Qué permisos ambientales necesita un minero para formalizarse en Colombia?

Para desarrollar una actividad minera en Colombia no basta con contar con un título o adelantar un procedimiento de formalización ante la autoridad minera. También es necesario identificar y cumplir las obligaciones ambientales correspondientes a la operación.

Estas exigencias no son iguales para todos los productores. Dependen del tipo de minería, la etapa del proyecto, su escala, ubicación y mecanismo jurídico de formalización.

¿Quién autoriza ambientalmente una mina?:

En Colombia intervienen diferentes instituciones. La Agencia Nacional de Minería (ANM) administra los recursos minerales del Estado y los procedimientos mineros de su competencia. El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible formula políticas y expide regulaciones ambientales, mientras que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) y las autoridades ambientales regionales evalúan y controlan los proyectos que les corresponden.

La ANLA no concede todas las licencias mineras. En proyectos de explotación de oro y otros minerales metálicos, la distribución de competencias considera la cantidad total de material útil y estéril que se proyecta remover.

Según el Decreto 1076 de 2015, cuando esa remoción alcanza o supera dos millones de toneladas anuales, la competencia de licenciamiento corresponde a la ANLA. Para proyectos por debajo de ese umbral, corresponde generalmente a la autoridad ambiental regional competente.

¿Qué es una licencia ambiental?:

Es la autorización que establece las condiciones ambientales bajo las cuales puede ejecutarse un proyecto sujeto a licenciamiento. Su evaluación considera los posibles impactos sobre el agua, el suelo, la biodiversidad y las comunidades, entre otros aspectos.

Para solicitarla se requiere, cuando corresponda, un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), documento técnico que identifica los impactos del proyecto y propone medidas para prevenirlos, mitigarlos, corregirlos o compensarlos.

También pueden existir obligaciones relacionadas con el aprovechamiento de aguas, los vertimientos, la ocupación de cauces, las emisiones atmosféricas o el aprovechamiento forestal. La necesidad de estos permisos depende de las características de la operación y de si están comprendidos dentro de una licencia ambiental.

¿Qué sucede con los mineros que están en proceso de formalización?:

La Ley 2250 de 2022 estableció la Licencia Ambiental Temporal para la Formalización Minera, reglamentada mediante la Resolución 1830 de 2024.

Este instrumento está dirigido a determinados productores de pequeña minería y minería tradicional que desarrollan procesos de formalización y cuentan con el acto administrativo exigido por la autoridad minera.

Entre las figuras que pueden acceder, según los requisitos aplicables, se encuentran los subcontratos de formalización, determinadas solicitudes de formalización de minería tradicional y procesos asociados a áreas de reserva especial.

La licencia temporal no se concede automáticamente. El interesado debe presentar la solicitud, el estudio ambiental correspondiente y los demás documentos requeridos ante la autoridad ambiental competente.

Además, es importante distinguirla de la licencia ambiental global o definitiva, que corresponde a una etapa posterior conforme al régimen aplicable.

¿Qué cambió en 2026?:

El Ministerio de Ambiente expidió la Resolución 868 de 2026, mediante la cual adoptó términos de referencia para elaborar el Estudio de Impacto Ambiental requerido en el trámite de licencia ambiental global o definitiva para proyectos de explotación de pequeña minería.

Los términos de referencia indican los aspectos que deben estudiarse y documentarse para que la autoridad ambiental pueda evaluar el proyecto. Su aplicación debe examinarse de acuerdo con las condiciones y disposiciones de la resolución.

Esta novedad no significa que todos los mineros deban solicitar una licencia nueva ni que los mecanismos de formalización existentes hayan sido reemplazados.

¿Qué debe revisar un minero antes de iniciar su trámite?:

Lo primero es establecer bajo qué modalidad desarrolla o pretende desarrollar su actividad: minería de subsistencia, contrato de concesión, subcontrato de formalización, área de reserva especial u otro mecanismo legalmente reconocido.

Después debe identificar la autoridad ambiental competente, las restricciones del territorio y el instrumento ambiental exigible.

La minería de subsistencia, por ejemplo, tiene condiciones particulares y no debe confundirse con una explotación mecanizada sometida a licenciamiento ordinario.

En definitiva, la formalización minera comprende tanto la situación jurídica de la actividad como el cumplimiento de las condiciones ambientales que permiten desarrollarla. Conocer estas diferencias ayuda a los productores a identificar correctamente sus obligaciones y acudir a la autoridad correspondiente.