
Formalizar una operación minera cuesta dinero.
Elaborar estudios técnicos, avanzar en los requerimientos ambientales, mejorar procesos productivos o adquirir tecnología exige capital. Para muchos pequeños productores, esa necesidad aparece precisamente cuando todavía tienen dificultades para acceder al sistema financiero tradicional.
FOMINMIN busca intervenir en esa brecha: financiar capacidades que permitan desarrollar una minería más estructurada y, progresivamente, acercarla al crédito formal.
¿Qué es FOMINMIN?
El Fondo de Fomento Minero fue creado por la Ley 2250 de 2022 y reglamentado mediante el Decreto 707 de 2026.
Cuenta con patrimonio propio y autonomía administrativa y financiera, y puede recibir recursos del Presupuesto General de la Nación, cooperación nacional e internacional, aportes de terceros, rendimientos y otras fuentes autorizadas.
Su diseño permite, además, articular recursos con entidades financieras y del sector solidario.
Mucho más que comprar maquinaria
Uno de los elementos más interesantes del nuevo Fondo está en las actividades que pueden recibir apoyo.
La reglamentación contempla recursos para exploración, factibilidad, estudios técnicos y ambientales, montaje, explotación, beneficio, transformación, comercialización, transporte, embarque y cierre de minas, entre otras etapas del ciclo minero.
Esto abre una posibilidad particularmente importante para los procesos de formalización.
La elaboración de instrumentos técnicos como un PTO o PTOD, así como los estudios necesarios para avanzar en los requerimientos ambientales, representa un costo que muchas veces debe asumir el productor antes de que su proyecto tenga suficiente estructura para acceder a financiación convencional.
FOMINMIN quedó habilitado para apoyar este tipo de estudios. Las líneas específicas, requisitos y condiciones de acceso deberán concretarse a medida que se implementen sus programas.
¿FOMINMIN prestará directamente?
No necesariamente.
El modelo permite utilizar diferentes instrumentos.
FOMINMIN podrá celebrar convenios con entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera o la Superintendencia de Economía Solidaria para desarrollar líneas de crédito, coberturas de garantías, compensaciones de costos financieros e incentivos a la capitalización, entre otros mecanismos.
Esto significa que parte de su impacto podría producirse no solamente entregando recursos, sino haciendo financiables proyectos mineros que hoy encuentran dificultades para llegar al crédito.
Un puente hacia el sistema financiero
Aquí aparece quizá uno de los aspectos más novedosos del Fondo.
La reglamentación plantea que el financiamiento contribuya a mejorar progresivamente la capacidad financiera de los proyectos para que posteriormente puedan acceder a productos ofrecidos por entidades del sistema financiero.
La lógica es importante:
primero fortalecer el proyecto; después facilitar que pueda financiarse dentro del mercado formal.
En ese sentido, FOMINMIN podría comenzar a ocupar en la minería un espacio que otros sectores productivos colombianos han desarrollado durante décadas mediante instrumentos especializados de crédito y fomento.
¿Quiénes serán los principales beneficiarios?
La orientación hacia los productores de menor escala es clara.
El Decreto establece que la Subcuenta General destinará el 100 % de sus recursos a pequeña minería y minería de subsistencia. Para la Subcuenta Multidonante se establece una distribución del 60 % para pequeña minería, 30 % para minería de subsistencia y 10 % para mediana minería.
También se contemplan proyectos mineros que se encuentren bajo figuras legalmente habilitadas y procesos relacionados con la formalización.
¿Ya puede un minero solicitar el dinero?
Este punto es importante.
El Fondo ya está reglamentado, pero eso no significa que todas sus líneas de financiación estén disponibles inmediatamente.
La implementación requiere definir programas, mecanismos financieros, requisitos para presentar solicitudes, procedimientos de aprobación, condiciones de entrega y seguimiento de los recursos.
Por eso, el siguiente paso será observar qué productos concretos desarrolla FOMINMIN y cómo podrá acceder a ellos el pequeño productor.
Perspectiva Batea:
Durante mucho tiempo, buena parte de la discusión sobre formalización minera se ha concentrado en las obligaciones que debe cumplir el productor.
FOMINMIN introduce otra pregunta:
¿cómo financiar el costo de cumplirlas?
Un estudio técnico, un instrumento ambiental, una mejora tecnológica o una planta de beneficio no aparecen simplemente porque una norma los exija. Requieren profesionales, conocimiento, tiempo y capital.
Si FOMINMIN logra convertir su arquitectura jurídica en instrumentos financieros accesibles para los productores, podría ayudar a resolver una de las dificultades menos visibles de la formalización:
formalizarse también necesita capital.
Fuentes
Decreto 707 de 2026 — SUIN-Juriscol�
Ministerio de Minas y Energía — Fondo de Fomento Minero y Programa de Reconversión Productiva�





